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Defunción de Padres

Ayuda por fallecimiento del padre o madre del trabajador(a).


¿De qué se trata el beneficio?

El propósito de este beneficio es entregar una ayuda económica a los socios al momento de fallecer su padre o madre para que puedan cubrir parte de los gastos funerarios efectuados.


Si el socio solo presenta certificado de defunción recibirá un bono de 10 UF.


Si el socio ha incurrido en gastos funerarios, podrá solicitar un reembolso de hasta 20 UF (se consideran las 10 UF pagadas anteriormente del bono)


Requisitos

  • Ser socio de Bienestar

  • No tiene requisito de antigüedad

¿Cómo solicitar?

El socio(a) debe reunir los siguientes documentos y solicitar el reembolso en línea a través del software de beneficios "Mi Bienestar":

  • Certificado de defunción

  • Certificado de nacimiento para asignación familiar del socio(a).

  • Opcional: Comprobantes originales de gastos de servicios funerarios que en total sumen un mínimo de 10 UF.


Mi Bienestar en línea en https://www.bienestar.disrupsoft.com


Mira el Video Tutorial para subir tu solicitud de bono en línea.


Asignación del beneficio

Se aprueba el beneficio a todos los socios(as) que cumplan con los requisitos previamente mencionados.


Plazos

Las solicitudes a este beneficio se deben realizar en un plazo no mayor a 60 días hábiles desde el fallecimiento del Padre o Madre del Socio(a).

El pago del beneficio se realiza como máximo 5 días hábiles una vez cargada la solicitud en el software de beneficios.


Pago del beneficio

El pago del beneficio se realiza mediante transferencia bancaria según los datos informados por el socio y que se encuentran vigentes en el software de beneficios





¿Tienes dudas sobre el beneficio?

Escribe a Salvador Cuellar al mail scuellar.bienestar@colbun.cl

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