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Préstamo Convenio Clínica

Actualizado: 7 nov

Préstamo para atenciones de urgencia ambulatorias


El beneficio tiene por finalidad ayudar a los socios(as) a pagar aquellas prestaciones de urgencia ambulatorias realizadas en cualquiera de las clínicas en convenio ubicadas en la V, VIII y X región, las cuales entregan la posibilidad de que el paciente no cancele al momento de la atención de urgencia, sino que se cobra el monto total o copagos según corresponda a Bienestar.


Si el socio(a) deja de pertenecer a la empresa, el saldo del préstamo será cobrado en su finiquito, de no contar con finiquito se podrá acordar con el trabajador el pago en cuotas.


Requisitos

  • No tiene requisito de antigüedad

  • El causante de la solicitud puede ser el socio(a) o alguna de sus cargas legales que se encuentren acreditadas en la caja de compensación y a su vez que se encuentre incorporado en el Seguro de Salud.


¿Cómo solicitar?

Cundo el socio(a) o carga familiar se atienda en el servicio de urgencia en cualquiera de las clínicas en convenio, al momento de pagar debe indicar que quiere hacer uso del convenio “Bienestar Colbún” y presentar su cédula de identidad. La Clínica revisará si se encuentra registrado en la planilla de beneficiarios informada por Bienestar y el paciente podrá retirarse sin pagar en ese momento. Luego, la Clínica en convenio cobra a Bienestar el total de la atención, enviando los comprobantes de pago y detalle de las prestaciones realizadas.


Asignación del beneficio

Bienestar corrobora que el paciente esté vigente como socio(a) o carga familiar, luego paga la deuda a la Clínica y a su vez reenvía los comprobantes de pago y detalle de la prestación al socio(a) indicando el procedimiento que debe seguir para la devolución del préstamo.


Proceso de devolución

  1. Bienestar informa al socio(a) del pago que se hizo a la Clínica por su atención o la de su carga familiar según corresponda y le reenvía los comprobantes de pago y detalle de las prestaciones enviadas anteriormente por la clínica.

  2. El socio(a) realiza la solicitud de reembolso en su Isapre y abona a Bienestar el reembolso recibido para disminuir la deuda de su préstamo.

  3. Luego, el socio(a) realiza solicitud de reembolso al seguro de salud enviando los comprobantes de pago, detalle de la atención y bonos a la ejecutiva del seguro por correo electrónico a segurodesalud.bienestar@colbun.cl A su vez Bienestar solicita al seguro gestionar el pago al contratante para abonar de manera interna al préstamo.

  4. Una vez gestionado el reembolso del seguro a Bienestar, este último le informará al socio(a) el saldo pendiente que debe pagar y modalidades de pago.

  5. El socio(a) deberá realizar la devolución del copago final ya sea por transferencia o pactándolo hasta en 10 cuotas, las cuales serán descontadas de su remuneración. *En caso de fallecimiento del socio(a) se extingue la deuda


Plazos

Las solicitudes de este beneficio se reciben durante todo el año en la medida que los socios(as) lo requieran.

El socio(a) tiene un plazo máximo de 60 días hábiles desde la fecha de prestación para tramitar los reembolsos con su Isapre/Fonasa y el Seguro. En caso de no realizar el trámite en la fecha estipulada se procederá a cobrar la totalidad del préstamo en 3 cuotas.


Pago del beneficio

El pago del préstamo se realiza mediante transferencia a la cuenta bancaria de la institución en convenio. En ningún caso el pago se gestionará al trabajador.

El pago se realiza dentro de los próximos 5 días hábiles desde la fecha en que la Clínica cobra a Bienestar.


Clínicas en convenio






¿Tienes dudas sobre el beneficio?

Escribe a Carolina Aburto al correo caburto.bienestar@colbun.cl


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