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Portabilidad Financiera

¿En qué consiste?


El presidente Sebastián Piñera promulgó la ley de Portabilidad Financiera, la que entrará en vigor 90 dias posterior a su publicación en el diario oficial.

Si bien, siempre ha existido la opción de refinanciar créditos vigentes traspasándolos a otras entidades, este nuevo formato permitirá a las empresas y personas, poder comparar de manera simple y sencilla y abaratar los costos de la trasferencia, permitiendo, además, aplicarlo a productos que tengan una garantía real como es el caso de los créditos hipotecarios y automotrices.

En este boletín de www.cuidamostubolsillo.cl te entregaremos un resumen de qué se trata y cómo funcionará esta nueva herramienta que debes conocer.

Con esta medida, las empresas y personas podran cambiar de institución sin tener que prepagar y con un ahorro significativo en términos operacionales, por los distintos productos como:

  • Cuentas corrientes

  • Créditos hipotecarios

  • Creditos de consumo

  • Tarjetas de crédito

  • Créditos automotrices.

Plazos:

45 dias tendrá el Ministerio de Hacienda y Economía para dictar el reglamento, 90 días después los clientes podrán optar a este proceso.

¿Qué beneficios busca este nuevo formato?

Básicamente los beneficios que se pueden conseguir con esta modalidad son:

  • Facilitar el refinanciamiento de todo tipo de Créditos.

  • Disminuir los costos operacionales y las tasas de interés.

  • Disminuir los costos de refinanciamiento ara pequeñas y medianas empresas.

  • Aumento de la tasa de refinanciamiento.

La Portabilidad Financiera tendrá dos modalidades:

-Transferencia estándar, que es para cualquier producto financiero.

-Transferencia para productos con garantía REAL (hipotecarios – automotrices).

Transferencia estándar

1. Certificado de Liquidación

La persona interesada en cambiarse de institución financiera o en refinanciar sus créditos, podrá solicitar de manera gratuita el certificado de liquidación, documento que contendrá la individualización de todos sus productos, junto con la tasa y comisiones aplicables y el valor que debe desembolsar para prepagar cada uno de sus créditos.

Este certificado se puede requerir directamente al proveedor financiero y luego ser enviado a los potenciales nuevos acreedores para que hagan una oferta. O bien, comunicarse directamente con los proveedores con quienes quiere cotizar e indicarles que quiere portar su o sus productos financieros y quién es su proveedor inicial.

2. Solicitud de Portabilidad Financiera

Si la persona o empresa obtiene condiciones más favorables, o si por alguna razón no está conforme con los servicios y atención de su actual institución financiera, podrá presentar una “solicitud de portabilidad financiera” en la nueva entidad seleccionada.

En esta se podrá solicitar la apertura de nuevos productos financieros, refinanciar créditos y ordenar, si así lo desea, el cierre de los productos financieros que mantiene vigentes en su entidad crediticia actual.

3. Refinanciamiento de Créditos

En caso de que un cliente haya solicitado un refinanciamiento, se establece un procedimiento de subrogación que permite disminuir de manera importante los costos y los tiempos empleados en un refinanciamiento y, a la vez, otorga flexibilidad para que la persona pueda modificar el plazo o la tasa de interés del crédito.

En esta se podrá solicitar la apertura de nuevos productos financieros, refinanciar créditos y ordenar, si así lo desea, el cierre de los productos financieros que mantiene vigentes en su entidad crediticia actual.

4. Facilidad para el cierre de productos

En caso de que un cliente haya ordenado el cierre de productos financieros vigentes con su institución financiera actual, este no deberá hacer trámites ya que la nueva institución financiera deberá hacerse cargo de comunicar la orden de cierre.

5. Trámites fáciles y más baratos

Se crea la figura de la subrogación para evitar la constitución de nuevas garantías, ahorrando todos los costos y tiempos necesarios de este proceso. Por ejemplo, para el refinanciamiento de créditos hipotecarios no se necesitará la constitución de una nueva hipoteca, sino que se deberá realizar solo una anotación al margen de la ya existente.

Adicionalmente, se eliminan todos los costos monetarios y de tiempo asociados a la constitución de nuevas garantías. Esto, porque a través de la figura de la subrogación legalmente siguen vigentes las garantías de los créditos actuales, cambiando solo la institución beneficiaria de dichas garantías.

Paso a paso

  1. El proveedor inicial emite el certificado de liquidación

  2. El nuevo proveedor emite una oferta (productos y condiciones), vigencia de al menos 7 días hábiles.

  3. Cliente acepta las condiciones ofrecidas, otorga un “mandato de término” para que el nuevo proveedor pueda cerrar con el proveedor inicial los productos que actualmente tiene contratados.

  4. El cliente contrata con el nuevo proveedor los productos ofrecidos.

  5. Nuevo proveedor tiene 3 días hábiles para pagar saldos pendientes y requerir cierre de productos.

Proceso de subrogación, (garantía real):

  1. El proveedor inicial emite un certificado de liquidación al cliente o al nuevo proveedor, el que contiene la información de todos los productos financieros vigentes. El cliente indica los productos que quiere contratar y los que quiere cerrar con el proveedor inicial.

  2. El nuevo contrato puede modificar tasas, plazos y otras condiciones. El monto podrá ser modificado hasta el capital original del crédito inicial.

  3. El nuevo proveedor queda obligado a celebrar el contrato con el cliente en los términos de la oferta.

  4. A diferencia del proceso actual, no se requiere que el proveedor inicial firme documentos.

  5. Con el pago ocurre automáticamente la subrogación del crédito.

  6. El nuevo proveedor debe solicitar inscripción en el registro correspondiente, solo para efectos de publicidad.

¿En qué consiste la subrogación especial de créditos?

La subrogación especial de créditos permite que la nueva institución financiera pase a ser beneficiaria de la garantía, en el momento en que le paga a la institución inicial, sin necesidad de alzar y constituir una nueva garantía.

¿Qué significa la subrogación para los créditos? Los refinanciamientos, que actualmente demoran en promedio 75 días, pasarían a demorarse alrededor de 45 días, lo que significa un ahorro del 40% del tiempo, que equivale a 30 días.

¿Qué entidades financieras están consideradas para la portabilidad financiera?

  1. Bancos

  2. Compañías de Seguros

  3. Agentes Administradores de Fondos Mutuos

  4. Cooperativas de Ahorro y Crédito

  5. Cajas de Compensación

  6. Instituciones que coloquen fondos de manera masiva

  7. Empresas que otorgan créditos automotrices

  8. Emisores de tarjeta de créditos y

  9. Otras entidades fiscalizadas por la comisión para el mercado financiero.

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