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Prepárate para tu retiro

Te explicamos lo que necesitas saber para este importante paso

El retiro podría ser una excelente oportunidad para disfrutar y dedicarte a esos sueños que no has podido concreta. El proceso toma algo de tiempo, por lo que, si estás próximos a pensionarte, te recomendamos:

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  • Revisa tus saldos previsionales acumulados.

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  • Revisa si tus ahorros se encuentran en el fondo adecuado según tus características personales.

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  • Proyecta como será tu pensión y los gastos que tendrás en los simuladores tu AFP.

Tipos y modalidades de pensión

Aparte de lo anterior, es necesario que conozcas los tipos y modalidades de pensión. El Decreto de Ley N° 3.500 establece 3 tipos de pensiones:

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  1. Vejez (a edad de jubilación o anticipada).

  2. Invalidez (parcial o total)

  3. Sobrevivencia.

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Por otro lado, las modalidades de pensión, es decir, la forma de financiamiento y administración de las pensiones son:

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  1. Retiro Programado:

  • La AFP paga la pensión con cargo a la cuenta de capitalización individual del afiliado.

  • El monto de la pensión se calcula y actualiza cada año en función del saldo de la cuenta individual, la rentabilidad de los fondos, la expectativa de vida del afiliado y/o la de sus beneficiarios y la tasa vigente de cálculo de los retiros programados.

  • El monto de la pensión varía cada año, y normalmente disminuye con el tiempo.

  • El afiliado mantiene la propiedad de sus fondos y puede cambiarse de AFP y de modalidad de pensión.

  • Al fallecer, con el saldo remanente se continuará pagando pensiones de sobrevivencia a sus beneficiarios y si éstos no existen, los fondos que eventualmente quedaran se pagarán como herencia.

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     2. Renta Vitalicia: 

  • Es un contrato de carácter irrevocable donde una Compañía de Seguros de Vida (CSV) se obliga a pagar pensiones al causante y a los beneficiarios.

  • Estos contratos se rigen bajo los Modelos de Pólizas (inmediata y diferida) y los adicionales con los que se pueden contratar, los cuales son desarrollados y depositados por la Comisión para el Mercado Financiero, con consulta a la Superintendencia de Pensiones.

  • Las CSV deben tener una clasificación de riesgo superior a BB.

  • Se puede garantizar a los beneficiarios el pago íntegro de la pensión del causante u otro asegurado garantizado, por un periodo determinado.

  • Se puede aumentar el porcentaje a recibir por el o la cónyuge debiendo aumentar el porcentaje de los otros beneficiarios para mantener la proporción establecida en el D.L. N° 3.500.

  • Las modalidades de renta vitalicia son:

    • RV Inmediata

    • RV Diferida

    • RV Inmediata con Retiro Programado

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